San Luis reglamentó el RIPEE: exenciones, incentivos laborales y moratoria
La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo y aprobada por la Legislatura provincial, busca estimular la inversión, promover el empleo formal y facilitar el cumplimiento tributario para comercios y empresas de diversos sectores.
La Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP) de San Luis oficializó la reglamentación del Régimen Integral de Promoción del Desarrollo Económico y del Empleo (RIPEE). Con esta definición de requisitos e instructivos operativos, la medida —presentada originalmente por el gobernador Claudio Poggi durante el Día de la Industria— quedó formalmente en vigencia para pequeñas, medianas y grandes empresas radicadas o a radicarse en la provincia.
El marco normativo abarca un abanico amplio de sectores productivos y de servicios, tales como la actividad agropecuaria, frutihortícola, minera, industrial, construcción, energía, logística, comercio, turismo, cultura y tecnología. Su objetivo central es acompañar la ampliación de capacidades instaladas, la radicación de nuevos empreendimientos y la creación de puestos de trabajo en el territorio provincial.
Mapeo de incentivos a la inversión y el empleo
El régimen contempla un abanico de instrumentos técnicos gestionados a través del Programa de Fomento a las Nuevas Inversiones y el Programa de Incentivos Fiscales:
1. Exenciones impositivas de hasta 15 años
Se establece un esquema decreciente de exención de tributos provinciales (Ingresos Brutos, Inmobiliario, Patentes y Sellos) según el proyecto presentado:
- Años 1 a 5: Exención del 100%.
- Años 6 a 10: Exención del 75%.
- Años 11 a 15: Exención del 50%.
- Las industrias cobijadas por la Ley 501 mantendrán la tasa cero en Ingresos Brutos, pudiendo sumar los beneficios que resulten compatibles.
2. Apoyo económico para la incorporación de personal
Para estimular la inserción laboral, la provincia otorgará una asistencia financiera a las empresas que incorporen a beneficiarios de programas sociales, ajustándose a los convenios colectivos correspondientes. El aporte estatal podrá alcanzar hasta $600.000 mensuales por trabajador, con un mayor acompañamiento durante el primer año y un esquema decreciente en el segundo.
3. Cesión de inmuebles e infraestructura pública
El RIPEE autoriza la afectación de bienes inmuebles del Estado provincial —como terrenos, parcelas en áreas de perilagos o naves industriales— para proyectos turísticos o productivos mediante alquiler, concesión o venta bajo valores de fomento.
4. Crédito fiscal y Fondo de Garantía
- Saldos a favor: Los contribuyentes podrán solicitar la conversión de hasta el 80% de sus saldos a favor en Ingresos Brutos (declarados al 31 de mayo de 2026) en certificados de crédito fiscal. El plazo de presentación vence el 31 de marzo de 2027.
- Acceso al crédito: En conjunto con el Consejo Federal de Inversiones (CFI), se conformará un Fondo de Garantía para respaldar a las PYMES que requieran avales para financiamiento bancario.
Esquema de regularización tributaria
Junto con los incentivos a la inversión, la reglamentación de Ingresos Públicos fijó las pautas para regularizar deudas tributarias vencidas (con más de dos meses de antigüedad al momento de la suscripción). El plan abarca impuestos provinciales, multas y obligaciones de agentes de retención:
| Modalidad de Pago | Descuento / Anticipo | Tasa de Interés | Plazo Máximo |
| Contado | 10% de descuento sobre adeudado | N/A | 1 pago |
| Hasta 3 cuotas | Sin entrega inicial | Sin interés | 3 meses |
| 4 a 12 cuotas | 10% de anticipo | 30% del interés vigente | 12 meses |
| 13 a 24 cuotas | 10% de anticipo | 50% del interés vigente | 24 meses |
| 25 a 36 cuotas | 10% de anticipo | 75% del interés vigente | 36 meses |
Las cuotas mínimas mensuales quedaron establecidas en $25.000 para Ingresos Brutos; $15.000 para Sellos; $10.000 para Automotores; y $7.000 para Impuesto Inmobiliario. En el caso de los agentes de retención, el monto mínimo por cuota es de $1.000.000 con una financiación máxima de hasta 6 meses.
Trámites y requisitos de adhesión
La tramitación del plan de pagos se realiza de forma digital a través del portal oficial de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos mediante clave fiscal, o bien de forma presencial en receptorías y delegaciones. Para los planes a partir de 4 cuotas, la norma exige la adhesión obligatoria al débito automático bancario.
La continuidad del beneficio requiere mantener al día las obligaciones corrientes e informar el desistimiento de eventuales acciones judiciales o administrativas en trámite sobre los montos regularizados.


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