Nueva medida de AFIP: monotributistas deberán pagar impuesto por ventas en plataformas digitales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado recientemente un nuevo impuesto para monotributistas que utilizan plataformas digitales para vender sus productos y que no están inscriptos como responsables. Este impuesto se enfoca en reforzar los controles en el sector de comercio electrónico, que ha experimentado un aumento exponencial en los últimos años y ha sido motivo de preocupación por la evasión detectada. El impuesto aplica una alícuota del 8% sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se aplica a las comisiones cobradas por las plataformas a sus clientes. En este artículo se brinda más información sobre quiénes serán afectados por este nuevo impuesto.

Nueva medida de AFIP: monotributistas deberán pagar impuesto por ventas en plataformas digitales.

El nuevo impuesto para monotributistas fue anunciado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se enfoca en reforzar los controles sobre los comerciantes que utilizan plataformas digitales para vender sus productos y que no están inscriptos como responsables.

El impuesto aplica una alícuota del 8% sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se aplica a las comisiones cobradas por las plataformas a sus clientes. La facturación mensual debe superar los $200.000 para que el impuesto sea aplicable.

El sector de comercio electrónico en Argentina ha experimentado un crecimiento exponencial en los últimos años, con un aumento del 73% en el primer semestre de 2022 en comparación con el primer semestre del 2021. Debido a la evasión detectada, la AFIP considera necesario implementar cambios en el régimen de impuestos para intensificar los controles.

Los sujetos pasibles de pagar el impuesto incluyen a los monotributistas, empresas o comercios que operen con la AFIP y responsables inscriptos que figuren como "no categorizados". Los contribuyentes "no categorizados" son aquellos considerados exentos o no alcanzados por el IVA que, si superan los límites de ventas, deberán pagar el 8% de alícuota.

En resumen, el nuevo impuesto afecta a los monotributistas que vendan productos a través de plataformas digitales y que no estén inscriptos como responsables en la AFIP, así como a empresas o comercios y a contribuyentes "no categorizados" que superan los límites de ventas.