Reglamentación de la Ley de Lemas en San Luis.

Conoce la reglamentación de la Ley de Lemas para las elecciones provinciales en San Luis, Argentina, incluyendo la financiación, uso de espacios publicitarios y boleta de votación.

Reglamentación de la Ley de Lemas en San Luis.

La reglamentación de la Ley de Lemas para las elecciones provinciales en San Luis, Argentina ha sido publicada en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis. Este decreto firmado por el gobernador Alberto Rodríguez Saá, detalla el funcionamiento de los lemas y sublemas, incluyendo la financiación y uso de espacios publicitarios.

La reglamentación explica cómo serán las boletas de votación, respetando las medidas genéricas establecidas por el Código Electoral Nacional. La boleta incluirá el nombre del lema y el sublema, junto con los candidatos, fotos y una figura representativa del lema.

El decreto también establece que los lemas serán responsables de distribuir los fondos para las elecciones y los espacios de publicidad a los sublemas. Además, se crea la figura de un responsable financiero para administrar los fondos del Estado para los esfuerzos publicitarios y de registro de votantes.

Una novedad importante es la plataforma virtual en la que los lemas y sublemas podrán cargar sus spots publicitarios, donde las autoridades podrán verificar si cumplen con los requisitos necesarios.

Cronograma electoral

La Justicia Electoral provincial publicó ayer el cronograma de cara a las elecciones del próximo 11 de junio. Así se definieron los plazos para la presentación de lemas y sublemas, boletas y la campaña electoral. Abajo, las fechas más relevantes.

Lunes 13 de marzo

Hasta las 24 de ese día podrán presentarse los lemas ante la justicia electoral.

Jueves 23 de marzo

Hasta las 24 de ese día podrán presentarse los sublemas ante la justicia electoral.

Domingo 2 de abril

Fin de plazo de presentación de candidatos de lemas y sublemas ante las juntas electorales partidarias de los lemas.

Miércoles 5 de abril

Hasta las 24, fin de plazo de comunicación de las listas de candidatos oficializados por las juntas electorales de lemas y sublemas ante la justicia electoral provincial.

Viernes 12 de mayo

Inicio de la campaña electoral.

Domingo 4 de junio

A partir de las 8 de la mañana, inicia la prohibición de realizar actos de gobierno y/o publicidad oficial provincial y/o municipal.

Viernes 9 de junio

A partir de las 8 de la mañana, se establece el fin de la campaña electoral y de la emisión de propaganda por medios de comunicación y encuestas.

Domingo 11 de junio

Hasta las 18 elección general. A partir de las 21, inicio de la publicación y difusión de proyecciones sobre los resultados electorales.