Nota aclarativa: los datos identificatorios de las partes no se consignan en la nota, a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima.
El viernes 24 de febrero, se llevó a cabo una audiencia de control de acusación para elevar a juicio una causa por violencia de género.
Los hechos tuvieron lugar en octubre de 2022, en la Villa de Merlo, en la zona de Piedra Blanca Abajo.
El acusado es S.L.D.D., de 23 años, y la damnificada es su ex pareja y madre de su hijo, con quien tenía vigente una prohibición de acercamiento ordenada en agosto de ese año por el Juez de Competencias Múltiples del Departamento Junín, a raíz de un hecho de violencia anterior.
El 20 de octubre de 2022, alrededor de las 21:00 hs., S.L.D.D. le disparó a su ex con un arma de fuego en la vía pública, sin lograr lesionarla. Cuando la joven volvió a su domicilio, él la atacó nuevamente, golpeándola con la culata del arma en la cabeza.
En este segundo hecho, la mujer pudo activar el dispositivo de alerta temprana instalado en su celular.
Su ex logró escapar momentos antes de que llegara la policía, pero fue interceptado por efectivos de la División de Rápida Intervención Motorizada (DRIM) en horas de la medianoche.
S.L.D.D. fue detenido con prisión preventiva, siendo trasladado al Servicio Penitenciario Provincial.
En la audiencia desarrollada el pasado 24 de febrero; la Fiscal a cargo de la Investigación, Dra. Débora Roy Gitto, asistida por la Fiscal Adjunta, Dra. Silvina Argüello; solicitó que, al momento de dictar sentencia, S.L.D.D. sea condenado a la pena de seis años de prisión efectiva, accesorias de ley y costas procesales, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de: incumplimiento a una orden judicial; amenazas con arma de fuego; lesiones leves agravadas por el vínculo; portación de arma de fuego de uso civil; y abuso de armas agravado por el vínculo; todos ellos en concurso real, y por ser cometidos en contexto de violencia de género.
Asimismo, consideró como agravantes las circunstancias de tiempo, modo y lugar, que demostraron mayor peligrosidad, habida cuenta de existir una restricción de acercamiento vigente que fue incumplida; el aprovechamiento de la relación preexistente, toda vez que el autor de los hechos había mantenido una relación de pareja con la víctima, en la que mediaba violencia de género; el amedrentamiento con arma de fuego; y los antecedentes penales condenatorios del imputado por delitos varios, cuyas causas tramitaron ante tribunales de la provincia de Córdoba.
Por todo lo expuesto, requirió la elevación de la causa a juicio.
La víctima se encontraba presente en el plenario, siendo acompañada por su abogada, la Dra. Antolina Ramallo Chaboux, quien adhirió a lo solicitado por la fiscal.
A su turno, la defensa técnica del acusado, Dr. Guillermo Levingston, se manifestó en contra de la teoría del caso presentada por la fiscalía, ofreciendo su versión de los hechos. Su defendido también estuvo presente, pero se abstuvo de declarar.
Luego de escuchar a las partes; el Juez de Garantía N°2 de la Tercera Circunscripción, Dr. Jorge Osvaldo Pinto, dispuso tener por formulada la acusación en contra de S.L.D.D. y hacer lugar al pedido de elevación de la causa a juicio.
Fuente y revisión: Dra. Débora Antonella Roy Gitto, Fiscal de Instrucción N°2 de la Tercera Circunscripción Judicial.