El Juez de Garantías N° 3 de la ciudad de San Luis, Marcos Flores Leyes, ordenó este viernes la prisión domiciliaria para Jhasmani Huallpa Copa, un conductor de 34 años imputado por atropellar a una oficial de Policía que caminaba con su hija de 5 años por el costado de la Ruta 3, entre la Tercera Rotonda y la Maternidad “Teresita Baigorria”. Por el impacto, la mujer sufrió heridas de gravedad y falleció horas después en el Hospital Ramón Carrillo.
La medida de coerción, solicitada por la defensa del conductor y dictada en la audiencia de formulación de cargos, es por cuatro meses y será el Instituto de Reinserción Social el organismo que controlará que el imputado cumpla con lo ordenado. También se analizará la colocación de una tobillera electrónica. Vale recordar que el plazo de la medida de coerción es distinto al tiempo que le podría recaer en caso de una eventual condena.
Flores Leyes también intimó a la parte acusada a que presente en un plazo de cinco días hábiles los certificados de domicilio y trabajo de Huallpa Copa.
El hecho
Ocurrió el 19 de enero a las 22:30 horas. Copa conducía en dirección suroeste en su Volkswagen Suran gris e iba acompañado por familiares. Ana María Yacanto y su hija caminaban a la altura de los postes de luz 47 y 48 cuando fueron embestidas por el vehículo. La mujer fue arrastrada contra un árbol. Murió dos horas después.
El control de alcoholemia arrojó que Copa tenía 2,72 gramos de alcohol en sangre y un análisis de laboratorio que se le practicó al otro día confirmó rastros de tetrahidrocannabinol, el principal constituyente psicoactivo de la marihuana. De acuerdo a un informe, el vehículo viajaba a 72 kilómetros por hora.
Sobre la Audiencia
La audiencia se realizó en la Sala de Oralidad Nº 2 y además del juez de Garantías, Flores Leyes, estuvieron presentes la Fiscal de Instrucción Nº 4, María del Valle Durán, la fiscal adjunta Claudia Heit, y los defensores del imputado Juan Manuel Mercau y Adriana Gargiulo.
Luego de que el Juez leyera los derechos que le asisten a Copa, la fiscal Durán relató cómo sucedieron los hechos. “Según testigos, el conductor hacía zigzag por la ruta. Yacanto y su hija venían caminando cuando el auto se sale a la banquina y las colisiona, arrastra a la mujer y la impacta contra un árbol. Tres testigos que pasaban por el lugar observan la escena y auxilian a la víctima”, dijo la funcionaria del Ministerio Público Fiscal.
Por este hecho, Durán formuló los cargos en contra del acusado por el delito de homicidio simple con dolo eventual.
Como pruebas de cargo mencionó: el informe policial homologado, entrevistas con testigos, informes emitidos por Accidentología Vial, pericias mecánicas, fotográficas y planimétricas; informes de laboratorio practicados al conductor, acta de mediación de alcohol, registros de llamadas, informe forense e imágenes de cámaras de seguridad, entre otros elementos probatorios.
Durán solicitó en un primer momento que se le dicte la prisión preventiva a Jhasmani Huallpa Copa por un término de 60 días y para fundamentar tal pedido dijo que existía riesgo de fuga ya que el imputado era de otra nacionalidad y podía escaparse a Bolivia, su país de origen.
Sin embargo, luego de escuchar la intervención del abogado Mercau, no opuso objeciones para que se le aplique a Copa la medida de coerción prevista en el artículo 201 inciso f del Código Procesal Penal, es decir: La detención domiciliaria en su propio domicilio o en el de otra persona, sin vigilancia o con la que el Tribunal disponga.
“El señor Copa nació en La Paz, Bolivia, pero no visita ese país desde hace años. La última vez fue en 2014 cuando compró un auto. Tiene trabajo acá, arraigo acá, su familia está en San Luis. Nació en el 88 y volvió una sola vez, por lo que no hay riesgo de fuga. Por esto pedimos la atenuación de la medida de coerción”, dijo Mercau.
El abogado también dijo que no está de acuerdo con la carátula del delito y pidió que se cambiara a la de homicidio culposo.
“Todo se suscitó por un problema en la cubierta delantera izquierda que reventó y ocasionó que mi defendido perdiera el control del vehículo. El alcohol no fue determinante. Tampoco hubo exceso de velocidad, es incorrecta la calificación”, sostuvo.
Nota y foto: Periódico Judicial.