Condenan a un hombre por abuso sexual simple en perjuicio de su hija de 11 años.

Un hombre de la Villa de Merlo fue condenado por abuso sexual simple agravado por el vínculo con su hija de 11 años. La madre de la niña radicó la denuncia en 2019 y tras un juicio abreviado, el acusado aceptó una pena de 3 años de prisión en suspenso. La víctima continúa con tratamiento psicológico y se preservó su privacidad y confidencialidad.

Condenan a un hombre por abuso sexual simple en perjuicio de su hija de 11 años. Condenan a hombre por abuso sexual simple contra su hija de 11 años: un juicio abreviado sella la justicia.

Este Martes, un hombre de la Villa de Merlo fue condenado por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de su hija de 11 años. La madre de la niña radicó la denuncia en septiembre de 2019, cuando notó que su hija estaba distante con su padre y decidió llevarla a psicoterapia. En la primera sesión, la niña reveló que su padre la había tocado en sus partes íntimas por encima de la ropa aproximadamente un año antes.

La mujer instó la acción penal y se inició la correspondiente investigación, que derivó en el procesamiento del hombre como presunto autor del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo. En una audiencia celebrada el 4 de abril de 2023, el Fiscal de Juicio informó al tribunal la voluntad de las partes de finalizar el proceso mediante un juicio abreviado. El acusado reconoció el hecho, la calificación legal y su autoría en el mismo, aceptando la imposición de una pena de 3 años de prisión en suspenso.

En la audiencia estuvo presente la Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces, quien relató que la víctima tenía actualmente 15 años y que había continuado con el tratamiento psicológico, habiendo retomado su vida social y con un buen rendimiento académico. La madre de la niña también estuvo presente y consideró que el acuerdo era un paso necesario para que los tres pudieran "sanar".

El tribunal homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscalía y la defensa, declarando al hombre culpable como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple (un hecho), agravado por el vínculo, en perjuicio de la menor. Se intimo al acusado a realizar tratamiento psicológico y se preservó el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima.


Fuente: Prensa Judicial 3° Circunscripción.